DigiCert respeta los derechos de propiedad intelectual de otras personas y sigue los procedimientos establecidos en virtud de la Ley de Derechos de Autor para el Milenio Digital (Digital Millenium Copyright Act, DMCA). Los procedimientos de aviso y contraaviso que se describen más abajo se ofrecen exclusivamente para notificar a DigiCert la existencia de material infractor que esté bajo su control. La información revelada en un aviso o contraaviso no se considera confidencial y no está sujeta a la Política de Privacidad de DigiCert. Si usted, la parte reclamante, cree que su trabajo está usándose de una manera que constituye una vulneración de los derechos de autor, notifíqueselo al agente de derechos de autor de DigiCert enviándole una comunicación escrita por correo electrónico a copyrightagent@digicert.com o por correo postal de Estados Unidos a:
DigiCert, Inc.
ATTN: Copyright Agent
2801 North Thanksgiving Way
Suite 500
Lehi, UT 84043
Estados Unidos
Un aviso solo tiene validez si incluye:
Tras recibir un aviso de infracción, DigiCert examinará la reclamación y adoptará las medidas adecuadas, como la eliminación o deshabilitación del acceso al material supuestamente infractor. Si es posible, DigiCert reenviará una copia de la notificación a la parte que supuestamente vulnera el material sujeto a derechos de autor («Presunto Infractor»). DigiCert también notificará al Presunto Infractor cualquier acción emprendida a raíz del aviso. El Presunto Infractor podrá aportar un contraaviso por escrito al agente de derechos de autor de DigiCert. Para que el contraaviso tenga validez, este debe incluir:
DigiCert proporcionará a la parte reclamante una copia del contraaviso y le dará un aviso con diez días de antelación antes de sustituir el material eliminado o rehabilitar su acceso. DigiCert sustituirá cualquier material eliminado o dejará de deshabilitar el acceso al material una vez que hayan transcurrido entre diez y catorce días hábiles desde que se reenviara el contraaviso a la parte reclamante, siempre y cuando DigiCert no haya recibido aviso alguno de que la parte reclamante ha iniciado un procedimiento legal formal para impedir que el Presunto Infractor realice una actividad infractora relacionada con el material que está bajo control de DigiCert.